Según informan los diarios de la semana pasada, se ha convertido en ley el proyecto de modificación de la ley de defensa del consumidor. Entre muchas buenas -posibles- soluciones, trae algunas perlas de difícil digestión. De lo poco que he leído, hay allí escondidas algunas de las muestras más claras de la persistente insensatez del pensamiento jurídico vulgar. Una es la inexplicable prohibición de la sobreventa de pasajes aéreos.
Todo el mundo sabe más o menos como funciona esto. Las aerolíneas tienen acumuladas series de datos sobre las tasas de ocupación efectiva de las aeronaves, y tomando en consideración esa tasa de no show ajustan hacia arriba los pasajes que venden. Si un avión tiene cien plazas, y la tasa constante de inasistencia es del -supongamos- 15%, la aerolínea venderá 115 pasajes.
El problema se presenta cuando esa previsión estadística falla. Idealmente, ese margen de error debe ser el más mínimo posible. Para eso vale la pena que contraten a buenos estadísticos. Pero la aparición de un
cisne negro siempre es una posibilidad. Si eso llega a ocurrir –si se presentara el pasajero 101– , la aerolínea puede contar con un convenio de contingencia con otra empresa. En caso contrario, tendrá un problema con ese pasajero.
Ahora bien, la solución eficiente para la contingencia de ese caso excepcional, ¿es acaso prohibir totalmente la práctica de la sobreventa? ¿No es más racional estipular una indemnización lo suficientemente alta como para compensar el viaje demorado? También eso podría ser acompañado por una sanción contra la aerolínea por haber implementado un sistema defectuoso de cálculo.
Porque la consecuencia lógica en el caso de la solución legal es que esos quince pasajes menos que podrán vender las aerolíneas serán cargados sobre los otros cien.
El corolario es que se venderán menos pasajes, los aviones volarán con quince asientos vacíos, y para compensar la demanda insatisfecha deberán volar más aviones. Los pasajes serán carísimos, la eficiencia del mercado aéreo caerá –con su pequeña incidencia en el PBI– , se desperdiciará combustible y el daño ambiental será mayor por la mayor quema de aeronafta. Todo, por algo que se podría arreglar simplemente con una buena indemnización y eventuales sanciones.
Update: Alberto Bovino dejó un interesante comentario, sosteniendo lo contrario a lo que escribo en el post. Luego de su comentario, mi respuesta con la que creo aclarar el alcance de mi queja.