"¡Quién sabe si todas estas cosas no son disparatadas! Pero mire usted, doctor: las cosas importantes dependen regularmente del hecho de tomarlas en serio." Robert Musil, El hombre sin atributos

martes, abril 29, 2008

Agustín dixit

En el muy decaido -ya casi irrelevante- suplemento de derecho administrativo de La Ley, encontramos un trabajo bastante pedestre sobre derecho del consumo que contiene la imprescindible cita de Gordillo -al menos, para que te publiquen ahí-. En este caso, palabras de Agustín acerca de la intervención estatal en la economía:

"GORDILLO nos recuerda que 'un mercado libre sin
intervención no puede existir, ni existe de hecho', pero también formula la
siguiente advertencia: '[...] la intervención en sí no garantiza nada pues
depende de cómo efectivamente se haga".

Gracias, Agustín, por iluminarnos con tu sabiduría.

lunes, abril 28, 2008

Baleando mosquitos.

El BCRA está inundando oficinas con cédulas por aperturas de sumarios y requerimiento de descargos en una nueva prueba de una corruptela argentina ya clásica: intimen antes que caiga la prescripción.

Siempre que se acercan los plazos de alguna prescripción, las oficinas jurídicas de todos los entes públicos imaginables y por imaginar dejan absolutamente todo lo que están haciendo para empezar a redactar e imprimir intimaciones y demandas judiciales por multas, impuestos o tasas que se le estén por derretir. ¿Cuál es la razón de semejante taradez?, es la pregunta de quienes no han tenido la suerte de formar parte de la Administración Pública.

Pues es muy simple: todo esto se hace para sanear la responsabilidad del funcionario de turno que pone la cabeza si prescriben las deudas o las sanciones que están a su cargo. Como muy comunmente no encontramos al mismo funcionario en el momento de la infracción y en el de la prescripción, el que tiene que dejar todo para firmar estos mamarrachos es alguien que probablemente le cayó de regalo el problema.

Cuidado. Es razonable que el funcionario quiera hacer todo lo posible por evitar quedar pegado a una infracción vieja y ofrecer un flanco gratuito a un sumario o denuncia penal. Yo mismo lo he hecho -no con multas, pero sí con deudas-. Si el funcionario no intima, lo pueden sancionar por "perjuicio patrimonial a la Administración Pública". Pero no es razonable que la sociedad deba pagar el costo de un sistema bastante irracional, y que se intimen estupideces que, si se dejaron dormir seis años, tan graves no debieron haber sido.

Además, ¿qué calidad puede tener la investigación de hechos cometidos hace seis años, cuando nadie tenía el menor conocimiento de una normativa cambiaria que se actualizaba casi diariamente? Las normas cambiarias justamente resuscitaron en el 2002. Nadie las conocía. Estaban escritas al apuro de una coyuntura que no dejaba respiro.

Ya me imagino el operativo de PR de decir, sobre el tema que justamente ocupa ahora, que esto es combatir el crimen económico. Sería el colmo de la inocencia darle un mínimo crédito a eso. Saquen cuenta: la prescripción de las infracciones a la ley penal cambiaria es de seis años. También hay algunos que quieren tirar línea "anti-K" o para beneficiar a sus defendidos diciendo que hay una "decisión política de investigar estas infracciones". No la hay, señores. Esto es la manganeta de siempre.

Lo irritante es que el BCRA no da estadísticas. Yo quisiera ver el monto de la infracción promedio, o los criterios ultra extensivos de la ley penal en blanco que aplican, y cuántas probabilidades tendrían muchos de esos sumarios de resistir el más mínimo control judicial.

lunes, abril 21, 2008

Tirando letra

Los memoriosos o los que manejan temas de Propiedad Intelectual tienen presente que un decreto reciente reconoció a una asociación civil como recaudadora centralizada de los derechos de actores e intérpretes (SAGAI). Es un esquema igual al de SADAIC pero para remunerar a actores e intérpretes artísticos. A pesar de que el mecanismo ha dado más problemas que beneficios y es uno de los grandes logros del rent seeking criollo, a alguien se le ocurrió seguir reproduciendo el esquema.

Ahora salió la resolución de la Secretaría de Medios de Comunicación que fija los aranceles que cobrará esta entidad. Por lo que he visto, los aranceles pueden ser exorbitantes, y como este tema me genera mucha antipatía voy a tirar letra para quien tenga que impugnar este mamotreto.

Este acto administrativo falla en su fundamentación, y si yo fuera abogado interno de alguna empresa afectada estaría pidiendo hoy mismo vista del expediente.

Primero, en los considerandos del acto no se hace referencia a que haya tenido dictamen jurídico previo. Eso lo hace absolutamente nulo, y tienen que dictar un nuevo acto administrativo. Se puede reclamar incluso que los actos jurídicos nacidos al amparo del nuevo no tengan efecto.

Es paupérrima la fundamentación de los aranceles. ¿Por qué el 2%? ¿Por qué $ 80 por televisor? El acto sólo dice que SAGAI le acompañó un esquema de aranceles. ¿No verificaron que estos fueran legale? ¿Tampoco que fueran razonables? Esto es crucial y da muchos argumentos para sustentar la nulidad del acto administrativo. La causa como elemento (exigida por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos) tiene que estar plasmada en los considerandos. Esta resolución no está fundada, y por eso es nula, y de nulidad insanable: tienen que dictar una nueva y hacerse cargo de lo que están homologando.

Tampoco hay una evaluación de legalidad ni conveniencia respecto a la aplicación del decreto ni de la Ley de Propiedad Intelectual. No se entiende por qué es éste método que se debe seguir, algo que el Estado siempre debe expresar: por qué hago esto o lo otro. Si ya ni siquiera en lo formal se dan estas explicaciones, entonces ya no vale más nada.

Disclaimer: estas son sólo ideas sueltas fruto de mi ofuscación. El que pretenda luego reclamarme por su error o su inefectividad está más perdido que nadie. No me hago responsable por como lo implementen terceras personas y/o profesionales.

¡Última noticia!

El ministro venezolano de Hidrocarburos acaba de efectuar una escalofriante denuncia. Empresas de origen chino, italiano y estadounidense se han registrado como sociedades holandesas con el propósito de aprovechar un tratado de promoción de inversiones entre Venezuela y Holanda. Descubierto este novedoso y audaz fraude, el ministro ha anunciado que Venezuela denunciará ese convenio.
Personas muy experimentadas en los mercados internacionales comentaron -en estrictísimo off the record- que esta inédita y poco conocida práctica ha sido dada en llamar "tax planning", junto con otros términos hasta ahora desconocidos para el público en general. Aun resta confirmar que esa práctica se haya extendido a otros países, y particularmente que esta amenaza pueda cernirse sobre la Argentina.

lunes, abril 14, 2008

Costo reputacional.

Ya sé que los malvados duermen bien, pero cada tanto da gusto saber que despues de haber hecho maldades se encuentran con un clima más frío del que se esperaban.

Mala suerte Fredo!

viernes, abril 11, 2008

¿Que pasa con la Ley de Riesgos de Trabajo?

A muchos les sonará historia antigua que la Corte había declarado inconstitucional la parte más ofensiva de la ley de riesgos del trabajo, que impedía la reparación integral del daño sufrido por un trabajador. Y es cierto. Eso pasó con el caso "Aquino", que se dictó en septiembre de 2004. Posteriormente, y en un breve lapso, la Corte desmontó otros puntos más de la LRT que encontró inconstitucionales.

Voy a repetirlo, porque parece que hoy día esto no llama la atención como antes:

INCONSTITUCIONALES.

Ahora bien, pasados tres años y medio, con una ley perforada por su incompatibilidad con la Constitución, seguimos sin nada. Nada. Ni siquiera uno de esos velocísimos decretos que no dudan en buscar la felicidad del pueblo. Claro, serían inconstitucionales, ya que esto es legislación común. Pero desde hace mucho tiempo sabemos también que a los/las Presidentes/as no les preocupan mucho esas cosas de abogados.

Toda esta situación sigue prolongando una situación de precariedad absoluta para los trabajadores -los "sujetos preferentes de protección", como dicen las leyes laborales-y para los empleadores y aseguradoras, que encomiendan su suerte a los misterios de la asignación de juzgados o cámaras laborales.

Ya sé, mi pregunta se contesta fácilmente buscando en el sitio web del Congreso. Hay proyectos en trámite, con o sin dictamen, con sellos del PEN y con sellos de otros lugares. Pero lo descorazonador es que todo sigue igual que hace años: parado.