"¡Quién sabe si todas estas cosas no son disparatadas! Pero mire usted, doctor: las cosas importantes dependen regularmente del hecho de tomarlas en serio." Robert Musil, El hombre sin atributos
lunes, marzo 15, 2010
La reforma financiera en Argentina (I)
jueves, junio 25, 2009
Son los incentivos, estúpido!
jueves, junio 11, 2009
Bancándolo a Paul
martes, diciembre 02, 2008
Blanco, que te quiero...
En el post anterior dejé el tema del blanqueo para un post aparte. Lo hice porque un proyecto semejante tiene una gravedad tan singular que no quiero que se diluya compartiendo lugar con alguna otra trapisonda más vulgar.
Hasta ahora, los medios han comunicado parcialmente las virtudes de este proyecto, y muchos imaginamos sus consecuencias en el momento en que llegue a ser ley. Pero uno de los peores problemas es la simple existencia de este proyecto. No se supone que estemos discutiendo estas cosas. No se supone que se pueda debatir una amnistía a delitos que se encuentran aun en curso de ejecución, ni que signifique una fenomenal transferencia de recursos a un costo institucional/legal monstruoso, con una expectativa de beneficio que la mayoría coincide en situar alrededor de cero.
Vamos a fundamentar nuestras aparentes exageraciones:
Costo de regularización. No nos dejemos confundir por las distintas alícuotas que corresponden a la regularización de fondos según el destino a que se los aplique. Para simplificar, tomemos el 8%.
Supongamos una situación típica: un depósito de 1 millón de USD no declarado invertido a una moderada tasa del 8% anual que paga anualmente. Si consideramos sólo cinco años, que son los períodos no prescriptos impositivamente -serían en realidad 10, ya que el contribuyenta no habría cumplido con la inscripción tributaria que exige la ley de procedimiento tributario-, y asumiendo que ese país no cobra impuestos a los no residentes, como EEUU, el depósito se habría convertido en 1.470.000 dólares. Durante los mismos períodos, esta inversión debió haber generado al fisco sumas cercanas a los 75.000 USD en concepto de bienes personales y casi 200.000 en concepto de Impuesto a las Ganancias.
Mis números son gruesos, tirados para abajo, y no cuentan adicionales como impuestos provinciales, impuesto a las transferencias financieras, etc., y que minimicé el plazo de la prescripción, que podría ser del doble.
Bueno, lo que debió haber pagado más de un cuarto de millón, sin contar los intereses moratorios y las multas previstas en las normas impositivas y cambiarias -que multiplican el impuesto evadido-, ahora se arregla con sólo 80.000 dólares, sin necesidad de traer los fondos al país.
Para terminar de convencernos de que esta es una propuesta indecente, el proyecto aclara que la liberación no alcanza a aquellas deudas que hayan sido determinadas en una declaración jurada o por una determinación de oficio. Lo que es lo mismo que decir que te vas a beneficiar proporcionalmente a lo poco que respetes las leyes.
Primera conclusión, nunca jamás se vio un "blanqueo" tan barato.
Segunda conclusión, nunca jamás se vio un "blanqueo" socialmente tan caro. El costo social del blanqueo -sin considerar las externalidades negativas casi incuantificables que implica un sistema tributario perforado- es la diferencia de lo no pagado con lo evadido. Claro que se le puede restar un valor actual de los flujos fiscales futuros que generarían esos montos "blanqueados". Pero convengamos en que la tasa de descuento que el Estado debe aplicar a un evasor blanqueado debería se bastante alta... lo suficiente como para hacerlos irrelevantes al tercer o cuarto año.
Origen de los fondos. El proyecto no exige casi información sobre los fondos. Sólo un certificado que deberá emitir la entidad financiera, con el nombre del banco, los datos del titular, el monto de los fondos, la fecha de constitución del depósito, y nada más. No hay discriminación respecto al lugar donde está situada la entidad financiera. Puede ser que esté en un país con un sistema legal fuerte (UE, USA, Japón), o que esté en un país "de baja o nula tributación", si seguimos el eufemismo de la OCDE. No importa. Es lo mismo.
Expresamente se establecen estos puntos:
* no hay obligación de declarar el origen de los fondos
El pago del ocho por ciento vale por todo eso.
No se realiza una distinción entre los montos de esos fondos. Distintas personas pueden tener distintos montos. Quien tiene menos de medio millón de dólares tiene el mismo tratamiento que quien tenía depositados quince millones. Convengamos en que tratar igual a personas con capacidades de ahorro tan diversas, sin siquiera preguntarles de dónde sacó la plata, es llamativo.
Sin siquiera homenajes a la virtud. Algo que podrían haber hecho, y no lo hacen, es hacer suscribir algún tipo de documento o declaración jurada donde diga que, quien se acoge al régimen, no tiene otros fondos fuera y que ello suponga un agravamiento si se le detectan fondos no justificados. Ya sé, es de laboratorio esa hipótesis. Pero al menos mantengan la hipocresía, y hagan que no quieren que la gente tenga doble patrimonio: el blanco y el negro, que se prestan a juegos muy interesantes, como todos sabemos.
Know your taxpayer. Una de las declaraciones más absurdas que han hecho algunos de los voceros del instigador de este proyecto es que no va a beneficiar a quienes busquen "lavar" dinero que tenga orígenes ilícitos. Me pregunto cómo piensan lograr eso. Si sólo hay que acercar un certificado de un banco, sin distinción de su respetabilidad o de las leyes que lo regulan, y con la expresa dispensa de declarar el origen de los fondos, preveo un margen de error ancho como el Río de la Plata.
Las exclusiones de este beneficio son risibles, y cualquiera que sepa un poquitín de derecho lo sabe. La exclusión de aquellos que tengan sentencia firme en materia penal tributaria es una broma. Los procesos anteriores a la ley vigente nunca prosperaron porque requerían que el proceso tributario precediera al penal. Con la ley actual, de los pocos casos que fueron a juicio muy pero muy poquitos habrán tenido ya una sentencia firme y no absolutoria. La exclusión a los funcionarios públicos, aunque parezca "transparente", no lo es. La distinción no tiene sentido alguno. ¿Por qué puede beneficiarse un contratista del Estado, y no un funcionario público que tal vez heredó fondos no declarados? ¿Se justifica su exclusión si ejerció la función pública durante pocos meses hace treinta o cuarenta años? Sean claros: si van a distinguir, háganlo con una buena razón. En todo caso, esta previsión demuestra que sí debería preguntarse por el origen de los fondos.
Hace falta vivir en Argentina? Aquí encontré un punto que nadie, hasta ahora, comentó. Si soy residente extranjero, y decido mudarme a Argentina, no voy a encontrar una previsión en la ley que impida que aproveche el blanqueo. Obvio, va a ser difícil que el fisco de donde vengo acepte sin chistar mis excusas. Pero ser millonario en Argentina es una propuesta muy competitiva! Alguien, aquí, vio algo sobre esto?
Este es otro punto que pondría a la Argentina en una situación tremenda... Podría haber incluso sanciones a Argentina por abrir tantos loopholes en el (todavía primitivo) control internacional del sistema financiero. La Argentina es parte en acuerdos bilaterales y multilaterales que impiden otorgar facilidades tan grandes a movimientos de capitales sin hacer preguntas, y aparte de ello difícilmente pueda pedir colaboración a otros países en este tema si se empieza a legalizar fondos sospechosos. Hay que recordar una cosa: hay más de un país involucrado! El país donde está hecho el depósito también va a ser parte interesada. Que no hagan preguntas no quiere decir que no les interesan las respuestas.
Sin necesidad de cambiar residencia, por todos los huecos ya mencionados se me ocurren cien y unas formas de obtener estos beneficios por parte de extranjeros. Por eso, si un abogado con poca imaginación como quien escribe es capaz de encontrar tantos huecos en la regulación del blanqueo, más de uno va a encontrar abiertas las tranqueras para hacer entrar cualquier cosa.
Conclusión. Las facilidades que otorga este proyecto son ilegales internacionalmente, traicionan la confianza de otros países, generan transferencias de riqueza desproporcionadas con los beneficios que se proyectan aun en los escenarios más optimistas, y vuelve a tomar de idiota al ciudadano que ha cumplido con la ley. Ya sé, lo dije en el post anterior. Pasa que es muy difícil cansarse de reiterar lo obvio.
viernes, octubre 17, 2008
Para el post-apocalipsis.
- por qué pasó todo esto.
- cómo se evita que todo esto vuelva a pasar.
Sobre la solución... Hay algunos que hablan de intervención del Estado. Tienen razón. El problema es acerca de la calidad de esa intervención, y qué medidas tienen concretamente en mente. Dudo que los más vociferantes sean los más prudentes. En este caso, como en todo tema regulatorio, la prudencia no es melindre ni tibieza: una mala regulación puede generar riesgos aun peores. Y una regulación ciegamente restrictiva puede, paradójicamente, crear aun más riesgo.
Aquí los abogados deberán cumplir un rol secundario pero no por ello menos importante: pasar a lenguaje y texto legal las nuevas medidas sin dejar flancos expuestos. Una mala regulación puede tener efectos económicos nocivos, pero también pueden generar responsabilidad del Estado. Pienso en la forma en que el Estado va a gestionar los bancos que se nacionalicen, o en los esquemas regulatorios que regirán a las entidades encargadas de administrar los monstruosos presupuestos de rescate. Los abogados de Paulson, por decir, van a tener un cliente muy rentable.
Pero, en todo caso, lo más importante es recordar una máxima que sale clarita del libro de Eatwell y Taylor: un regulador nunca debe permitir una operatoria que el propio regulador no entiende. Y meterse en la cabeza que el riesgo, por más que se diversifique, siempre sigue allí.
Links:
jueves, octubre 02, 2008
Pájaros negros.
viernes, agosto 15, 2008
¿Quién vió un bono?
- anunciaron la recompra por comunicado oficial;
- dijeron cuántos recursos iban a dedicar a la recompra;
- dejaron que Moreno publicitara el IPC peor dibujado justo el mismo día del lanzamiento de la recompra;
- le echaron la culpa a las calificadoras y a Wall Street -bien al estilo Cavallo-2001- por no confiar en el país, como si tuvieran obligación de hacerlo y como si el anuncio de una recompra no fuera índice suficiente de desconfianza propia;
- recompraron los bonos incorrectos, ya que se concentraron en los cortos, que son los que no se deben recomprar, sino dar seguridades de que pueden ser servidos.
Además, las sospechas que generan este tipo de medidas no tienen límites: con los altísimos rendimientos que da esta breve pero intensa bicicleta se tiene derecho a sospechar cualquier cosa. Pero, una vez más, los tríbunales están ocupándose de cosas más urgentes, como la investigación histórica, y no en pedir alguna explicación sobre negocios que en Palermo los llaman fijas.
viernes, julio 11, 2008
Esperando tiempos mejores.
lunes, junio 23, 2008
Medio cridad
- que sugiera que las cuentas en la sucursal Buenos Aires del JP Morgan son ilegales. Si es un banco autorizado para funcionar aquí por el BCRA, ¿cómo pueden ocultarse? Esas cuentas, que forman parte del sistema financiero local, están todas en blanco, por definición! Si hay plata negra, nadie va a ser tan imbécil de dejarlas en una sucursal donde la AFIP puede llegar con una simple orden de allanamiento o con un pedido de informes no judicial del Banco Central.
- que se venda a un tipo de banca privada como un ejecutivo de las altas finanzas internacionales. La banca privada es lo más deprimente y rutinario de los bancos, y sólo requiere un mínimo conocimiento de los productos, un buen trato con los clientes y discreción rigurosa. No hacen operaciones importantes, no intervienen de manera relevante en ningún mercado, nada. Si incluso dicen que la cartera que manejaba era de 300 millones de dólares, de los que la mayor parte deben haber estado invertidos en bonos del tesoro de EEUU o index funds...
- nadie puede dudar que el tipo es un delincuente, que violó un secreto bancario al que estaba obligado, y nada de lo que "denuncia" tiene apariencia de delito. Si manejó guita negra, cosa que imagino más que probable, no lo ha afirmado aquí. Es pescado podrido todo lo que dice sobre su "conflicto moral". Que suerte que alguna vez le llegó, porque mientras pudo ocultar sus desmanejos no parecía tener una conciencia tan inquieta. Y lo único que quiere es evitar que lo agarren en una jurisdicción donde estos delitos se castigan EN SERIO y donde los jueces entienden algo de las maniobras financiera. Es patético el pasaje donde este personaje se quiere vender ante el juez como un hipotético representante de un "mundo de las finanzas".
La maniobra tiene su lógica: como las leyes argentinas sobre lavado de dinero prevén la figura del arrepentido, toda esta actuación la despliega para poder agarrarse de eso y que lo juzguen en Argentina. Pero caer como chorlitos brutos y creer que el tipo "destapa una olla" traduce mucha ignorancia e inocencia por parte de Lanata y de las autoras de la nota.
La difusión del listado por parte del diario es cuestionable. Aunque sólo hablan de gente que uno ya sabía que eran ricos, por lo que no exponen necesariamente a nadie más de lo que ya estaba a secuestros u otra extorsión.
Esta "terrible" investigación va a terminar en un sobreseimiento casi general, ya que casi todas esas cuentas deben haber estado declaradas, y quizás pueda desprenderse alguna puntita investigativa por algún movimiento a alguna cuenta no declarada en un caso u otro, y la imposición de alguna multa por alguna infracción cambiaria o fiscal. De hecho, de esas cuentas no aparece el menor indicio de delito o infracción, por lo que es dudoso, incluso, que se abra siquiera una investigación sobre los titulares.
lunes, abril 28, 2008
Baleando mosquitos.
Siempre que se acercan los plazos de alguna prescripción, las oficinas jurídicas de todos los entes públicos imaginables y por imaginar dejan absolutamente todo lo que están haciendo para empezar a redactar e imprimir intimaciones y demandas judiciales por multas, impuestos o tasas que se le estén por derretir. ¿Cuál es la razón de semejante taradez?, es la pregunta de quienes no han tenido la suerte de formar parte de la Administración Pública.
Pues es muy simple: todo esto se hace para sanear la responsabilidad del funcionario de turno que pone la cabeza si prescriben las deudas o las sanciones que están a su cargo. Como muy comunmente no encontramos al mismo funcionario en el momento de la infracción y en el de la prescripción, el que tiene que dejar todo para firmar estos mamarrachos es alguien que probablemente le cayó de regalo el problema.
Cuidado. Es razonable que el funcionario quiera hacer todo lo posible por evitar quedar pegado a una infracción vieja y ofrecer un flanco gratuito a un sumario o denuncia penal. Yo mismo lo he hecho -no con multas, pero sí con deudas-. Si el funcionario no intima, lo pueden sancionar por "perjuicio patrimonial a la Administración Pública". Pero no es razonable que la sociedad deba pagar el costo de un sistema bastante irracional, y que se intimen estupideces que, si se dejaron dormir seis años, tan graves no debieron haber sido.
Además, ¿qué calidad puede tener la investigación de hechos cometidos hace seis años, cuando nadie tenía el menor conocimiento de una normativa cambiaria que se actualizaba casi diariamente? Las normas cambiarias justamente resuscitaron en el 2002. Nadie las conocía. Estaban escritas al apuro de una coyuntura que no dejaba respiro.
Ya me imagino el operativo de PR de decir, sobre el tema que justamente ocupa ahora, que esto es combatir el crimen económico. Sería el colmo de la inocencia darle un mínimo crédito a eso. Saquen cuenta: la prescripción de las infracciones a la ley penal cambiaria es de seis años. También hay algunos que quieren tirar línea "anti-K" o para beneficiar a sus defendidos diciendo que hay una "decisión política de investigar estas infracciones". No la hay, señores. Esto es la manganeta de siempre.
Lo irritante es que el BCRA no da estadísticas. Yo quisiera ver el monto de la infracción promedio, o los criterios ultra extensivos de la ley penal en blanco que aplican, y cuántas probabilidades tendrían muchos de esos sumarios de resistir el más mínimo control judicial.