Un abogado argentino, Pablo Máspero, quien es socio principal de un estudio jurídico especialista en Derecho del Entretenimiento (!) y Derecho de la Música (!!), es también director de legales de CAPIF. Con semejantes laureles y desde las páginas de la Rolling Stone criolla, nos habla de la descarga no autorizada de música por internet y nos ilustra con estas palabras textuales:
"Pero entendemos que el downloader es un comprador en
potencia… queremos hablarle con el tono justo. Esto se trata de que la gente
pague. Aunque sabemos que hay una bulimia del download. El usuario que baja
tracks es como un gordo en un tenedor libre: no baja todo lo que compraría, ni
siquiera todo lo que puede escuchar."
Vamos mal por ese lado de la argumentación, Pablo. Si el usuario es como ese "gordo" -que metáfora grosera-, y baja lo que nunca hubiera comprado, o siquiera escuchado, no vas a poder hacer creer a nadie que tus clientes sufrieron esos perjuicios de miles de pesos por haber bajado algunas canciones. Si, de todos modos, nunca habrían pagado por ellas...
1 comentario:
Tu pagina es excelente y nos ensenia a los que no sabemos de leyes. De esta manera podemos evitar basar nuestra opinion en el "sentido comun", fabricado por los medios. Estuve viviendo en USA los ultimos anios y note que existe una persecucion feroz hacia los que bajan musica de internet. Aparentemente las companias pueden exijirle al proveedor de internet que "muestre" todos los archivos y asi rastrear a los que bajan musica. Lei en el diario que la Universidad de Oregon se nego a entregar los datos de las computadoras de sus alumnos (ellos usan la red que les provee la universidad) y se que es la primer universida norteamericana que se niega a hacerlo. Me gustaria, si es posible que profundizaras un poco mas sobre este tema. Muchas gracias
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